Código de Conducta de la Fundación Alcalá
- Introducción y Ámbito de Aplicación
- Objeto y Fundamento
El presente Código de Conducta establece los principios éticos y las normas de actuación que deben regir el comportamiento de todos los sujetos vinculados a la Fundación Alcalá en el desarrollo de sus actividades. Su objetivo principal es asegurar la integridad, transparencia y el buen gobierno en el cumplimiento de la misión fundacional.
- Ámbito Personal
Este Código es de obligatorio cumplimiento para:
Los miembros del Patronato.
Los directivos y empleados de la Fundación.
Los voluntarios y colaboradores externos que presten servicios o actúen en nombre de la Fundación.
Cualquier tercero que se relacione con la Fundación (proveedores, beneficiarios, donantes) en lo que les sea aplicable.
- Principios Éticos y Valores Rectores
Las actuaciones de la Fundación Alcalá y de todos sus integrantes se fundamentarán en los siguientes principios:
- Integridad y Honestidad
Actuar con honestidad, lealtad y buena fe en todas las actividades y relaciones.
Evitar cualquier conducta que pueda dañar la reputación o credibilidad de la Fundación.
- Transparencia y Rendición de Cuentas.
Garantizar la transparencia en la gestión de los recursos y en la toma de decisiones.
Suministrar información veraz, completa y oportuna a los órganos de gobierno, autoridades competentes y al público en general, según corresponda.
Ser responsables y rendir cuentas por los resultados y el uso de los fondos.
- Respeto y No Discriminación
Garantizar un ambiente de trabajo y colaboración basado en el respeto mutuo, la cortesía y la dignidad de todas las personas.
Prohibir cualquier forma de discriminación por motivos de raza, género, edad, religión, opinión política, orientación sexual, nacionalidad o cualquier otra condición personal o social.
Rechazar y prevenir activamente el acoso laboral o sexual.
- Legalidad y Cumplimiento Normativo
Cumplir rigurosamente con todas las leyes, regulaciones y normativas vigentes aplicables a las fundaciones y a las actividades que se desarrollen.
Actuar en todo momento en defensa del interés fundacional, de la sociedad y los beneficiarios, y no en beneficio personal o de terceros.
- Normas de Conducta Específicas
- Conflictos de Interés
Todo sujeto obligado debe evitar cualquier situación que pueda generar un conflicto entre sus intereses personales y los intereses de la Fundación.
Si surge un potencial conflicto de interés, el afectado tiene la obligación de informarlo de inmediato al Patronato o a la instancia designada, y abstenerse de participar en la deliberación o votación relacionada.
Un Conflicto de Interés existe cuando los intereses personales (ya sean financieros, familiares, profesionales o de cualquier otra índole) de un miembro de la Fundación (Patrono, empleado, colaborador) pueden influir o parecer que influyen en la toma de decisiones objetivas para la Fundación.
Obligaciones Clave:
- Identificación y Declaración: Todo sujeto obligado tiene el deber de identificar y declarar por escrito de forma inmediata cualquier situación que pueda constituir un potencial conflicto de interés. Esta declaración debe ser dirigida al Patronato o al órgano designado (ej. el Comité de Ética).
- Abstención: La persona afectada por el conflicto potencial o real debe abstenerse de participar en las discusiones, deliberaciones y votaciones relacionadas con el asunto en cuestión. Esto incluye no tener acceso a la documentación relevante sobre el tema.
- Regalos y Atenciones: Los miembros de la Fundación no deben aceptar regalos, invitaciones o atenciones que superen un valor simbólico o de cortesía social y que puedan ser interpretados como un intento de influir en una decisión. Se debe establecer un límite de valor monetario claro. Los regalos recibidos por la Fundación deben ser reportados.
- Contratación con Partes Vinculadas: La contratación de bienes, servicios o personal donde exista un vínculo familiar o empresarial directo con un miembro de la Fundación debe ser la excepción, realizarse bajo estricta transparencia y justificación de la necesidad, y siempre debe ser aprobada por el Patronato tras la abstención del miembro implicado.
- Uso y Protección de los Recursos y Bienes
Los recursos, fondos, bienes e instalaciones de la Fundación deben utilizarse exclusivamente para el cumplimiento de los fines fundacionales.
Los miembros y colaboradores deben actuar con diligencia y eficiencia en la administración de los recursos, evitando el despilfarro y el uso indebido.
- Confidencialidad y Protección de Datos
Guardar la debida reserva y confidencialidad sobre la información sensible, privilegiada o estratégica de la Fundación, de los donantes y de los beneficiarios.
Cumplir estrictamente con la normativa de protección de datos personales en todas las operaciones.
- Relación con Terceros
Anticorrupción y Soborno: Está estrictamente prohibido ofrecer, prometer, solicitar o aceptar, directa o indirectamente, regalos, favores o compensaciones (dádivas) que puedan influir o parecer que influyen en las decisiones de la Fundación o de terceros.
Relación con Donantes: La Fundación garantizará la transparencia sobre el origen y uso de las donaciones, respetando el anonimato de los donantes cuando así lo soliciten y manteniendo la independencia de la Fundación.
Uso de Tecnología, Sistemas y Redes Sociales
El uso adecuado de los recursos tecnológicos y las plataformas de comunicación es vital para proteger la imagen y la información de la Fundación Alcalá.
Obligaciones Digitales:
Uso de Equipos y Sistemas: Los equipos, sistemas informáticos y cuentas de correo electrónico de la Fundación están destinados exclusivamente a fines laborales o fundacionales. Su uso para actividades personales debe ser mínimo y no debe comprometer la seguridad ni el desempeño laboral.
Seguridad de la Información: Es obligatorio proteger las contraseñas, no compartirlas y aplicar las medidas de seguridad informática establecidas por la Fundación (antivirus, copias de seguridad). Los datos confidenciales deben manejarse con la máxima precaución, especialmente al trabajar de forma remota.
Comunicación Externa (Redes Sociales y Web):
La información publicada en las redes sociales oficiales o la página web debe ser veraz, respetuosa y estar alineada con la misión y los valores de la Fundación.
Los empleados y colaboradores deben ejercer la discreción al hablar sobre la Fundación o sus actividades en sus perfiles personales. Las opiniones vertidas no deben presentarse como las oficiales de la Fundación.
Está prohibido utilizar las plataformas de la Fundación para fines políticos, religiosos o personales, o para difundir material ilegal, ofensivo o discriminatorio.
Propiedad Intelectual: Se debe respetar rigurosamente la propiedad intelectual y los derechos de autor. Esto aplica al uso de textos, imágenes, software y cualquier contenido digital que se utilice en nombre de la Fundación.
Selección Imparcial de Beneficiarios y Proveedores
La credibilidad de la Fundación se basa en la objetividad y equidad al seleccionar tanto a las personas que reciben ayuda como a las empresas que prestan servicios.
Criterios de Selección de Beneficiarios:
Objetividad y Transparencia: Los criterios para la selección de beneficiarios deben ser claros, públicos y objetivos, evitando cualquier favoritismo o discriminación.
Basados en la Necesidad: La ayuda se otorgará únicamente con base en la necesidad demostrada y en la alineación con los fines de la Fundación.
No Discriminación: La raza, el género, la orientación sexual, la religión o la opinión política nunca serán factores determinantes en la elegibilidad para los programas de la Fundación.
Criterios de Contratación de Proveedores y Servicios:
Equidad y Competitividad: La contratación de bienes y servicios debe basarse en criterios de objetividad, calidad, eficiencia y competitividad (relación calidad-precio).
Proceso Documentado: Para contratos significativos, se recomienda establecer y documentar un proceso de concurrencia o solicitud de ofertas para garantizar la imparcialidad.
Prohibición de Soborno/Dádivas: Los empleados involucrados en la contratación deben rechazar cualquier regalo o favor que pueda influir en su decisión, asegurando que la elección del proveedor sea la más beneficiosa para los intereses de la Fundación.
Con estas adiciones, el Código de Conducta de la Fundación Alcalá cubre las áreas fundamentales de gobernanza, relaciones humanas y gestión moderna.
- Mecanismos de Cumplimiento y Reporte
- Compromiso
La adhesión a este Código es un requisito indispensable para vincularse o permanecer en cualquier función dentro de la Fundación Alcalá.
- Reporte de Incumplimientos (Canal de Denuncia)
Se establecerá un Canal de Denuncia o un mecanismo accesible y seguro para que cualquier persona pueda reportar de buena fe posibles incumplimientos de este Código o de la ley.
La Fundación garantiza la confidencialidad del denunciante y la prohibición de represalias contra quienes informen de manera legítima sobre infracciones.
- Régimen Disciplinario
El Patronato es el responsable final de la supervisión y cumplimiento del Código.
Cualquier incumplimiento será investigado de manera justa, objetiva y rigurosa, y podrá dar lugar a las medidas disciplinarias o legales correspondientes, incluyendo la terminación de la relación contractual o de colaboración.
- Observación Final
El órgano responsable de la Fundación Alcalá para recibir las denuncias es la Dirección General de la organización.
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